Nueva ley hipotecaria: el fin del seguro vinculado

 

En marzo de 2019 entrará en vigor la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Después de dos años y nueve meses, tras tres Gobiernos y la amenaza de una multa europea, el Congreso de los Diputados le ha dado finalmente el visto bueno.

La norma no tendrá carácter retroactivo, por lo tanto sólo afectará a aquellos que firmen un préstamo tras su publicación en el BOE.

La ley hipotecaria contempla una serie de medidas destinadas a proteger los derechos de los usuarios y evitar abusos por parte de las entidades bancarias.

Uno de de los cambios más importantes que traerá, es el final de los seguros vinculados a la hipoteca. El seguro del hogar y el seguro de vida son algunos de los productos que las entidades vinculaban a la hipoteca como condición para acceder al préstamo. La nueva ley establece que los bancos y cajas no podrán imponer sus productos vinculados. Las entidades bancarias podrán seguir comercializando sus productos vinculados, pero ahora el cliente podrá presentar pólizas alternativas. Además, la ley indica expresamente que, la aceptación por el banco de una póliza alternativa nunca podrá suponer empeoramiento en las condiciones del préstamo.

Esta limitación a las entidades bancarias beneficia principalmente al cliente, que por primera vez podrá elegir libremente entre las múltiples ofertas del mercado de los seguros.

La Asociación Española de Corredurías de Seguros (Adecose) valora muy positivamente esta medida, que coincide con lo que han venido reivindicando hasta ahora.

La ley también incluye estas otras medidas en defensa del hipotecado:

-El cliente recibirá el contrato al menos diez días antes de la firma, para que disponga de tiempo para leerlo con tranquilidad, resolver las dudas y dialogar con la entidad si hay alguna discrepancia.

-El titular de la hipoteca deberá acudir al notario dos veces. La primera para aclarar posibles dudas y la segunda para la firma con el banco. De esta manera el notario ratificará que el hipotecado conoce y entiende el producto que contrata.

-El cliente únicamente asumirá los gastos de tasación. La banca abonará los gastos del registro, gestoría, notaría y el impuesto sobre actos jurídicos documentados.

-Se prohíbe la clausula suelo.

Esperamos que esta información te sea de ayuda si vas a contratar una hipoteca a partir de la aprobación de la nueva  ley. Si tienes alguna duda más, contacta con Seguros Urkijo y te asesoraremos encantados