Reforma de la legislación de tráfico y circulación para 2021

 

La legislación de tráfico y circulación será modificada sustancialmente en el 2021. El consejo de ministros ha aprobado un nuevo conjunto de normas en el que la DGT llevaba trabajando más de dos años. La finalidad de dicho cambio es generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la UE y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Y se prevé que reducirá un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico hasta 2030.

A continuación te resumimos los cambios que afectarán al mayor número de conductores:

Límites de velocidad en zonas urbanas

La nueva norma, que entrará en vigor la primavera de 2021, fija tres límites genéricos de velocidad en las vías urbanas: 20 km/h para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 km/h para las de un único carril por sentido de circulación y 50 km/h para las de dos.

Actualmente el límite de velocidad genérico en vías urbanas es de 50 km/h, aunque varias ciudades (como Bilbao) ya aplican límites más restrictivos.

Uso de patinetes eléctricos

El real decreto regula también los vehículos de movilidad personal (como los patinetes), propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan alcanzar una velocidad de 25 km/h.

Dichos vehículos no podrán circular por las aceras y por las zonas peatonales. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos y queda también vedada su circulación fuera de vías urbanas. Estas normas se aplicarán a partir del 2 de enero de 2021.

Pérdida de puntos por infracción

También se ha aprobado un anteproyecto de ley que, de ser ratificado en el parlamento, subiría los puntos a detraer en algunas infracciones muy comunes.

Por ejemplo, conducir sujetando el móvil con una mano supondría seis puntos menos (en vez de los tres actuales). Y no llevar puesto correctamente el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil y el casco restaría cuatro puntos en el permiso (en lugar de los tres de ahora).

Uso de dispositivos anti-rádar

Además, llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros sería una infracción grave , que conllevaría 500 euros de sanción y tres puntos menos. Ahora está sancionado su uso durante la conducción, pero no el llevarlos.

Adelantamientos

La reforma suprimirá la posibilidad de superar en 20 km/h el límite de velocidad en adelantamientos en carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Esta medida ya se aplica en otros países de la UE y pretende evitar el riesgo de choque frontal en adelantamientos.

El nuevo paquete normativo incluye otras medidas que podrás encontrar en la web de la DGT.

Desde Seguros Urkijo esperamos que esta información sobre seguridad vial te haya sido útil. Recuerda que tu seguridad también depende de que tu vehículo esté en buenas condiciones, y tu tranquilidad de tener un buen seguro de coche.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *